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6 meses de veda para langosta espinosa

2012-01-16

6 meses de veda para langosta espinosa

Manta, Ecuador.- La medida de ordenamiento y regulación pesquera de la Subsecretaría de Recursos Pesqueros, establece la veda para la langosta (Panulirus gracilis y Panulirus penicillatus) en la costa continental del 16 de enero al 16 de junio de cada año, publicada en el Acuerdo Ministerial 182.


El Subsecretario de Recursos Pesqueros (e) Hugo Vera Serrano, indica que la veda de la langosta espinosa, como se la conoce comúnmente, prohíbe la extracción, tenencia, procesamiento, transporte y comercialización interna y externa del recurso.

Vera  expone además, que una vez concluida la veda, podrán ser capturadas, transportadas, procesadas  y comercializadas  las especies cuyo tamaño sea igual o mayor a 26 cm. de longitud total, medidas que serán tomadas desde el extremo anterior del rostro-origen de las antenuelas hasta el extremo posterior de la cola (telsum), o que posean 15 cm. de longitud de cola; así como toda hembra ovada.

El funcionario señala además, que la Administración Pesquera  difunde   la veda con la entrega de afiches y material alusivo, al inicio de la medida y que son publicados tanto en los restaurantes, puertos, carreteras como en lugares de expendio del recurso.

Por otra parte dijo, que se trabajará conjuntamente con las instituciones públicas y privadas vinculadas con la actividad pesquera para hacer cumplir la veda, tales como la Dirección General de la Marina Mercante y el Instituto Nacional de Pesca INP.

El Director de Control Pesquero,  Verdy Delgado San Andrés, explica que el periodo de veda de seis meses, se establece para mantener la sustentabilidad del recurso ya que en Ecuador el género (Panulirus gracilis) es un recurso muy importante en toda la costa, pues representa un ingreso considerable para la población pesquera en especial la artesanal.

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